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Servicio Atención al Usuario
El Real Decreto 63/1995, de 20 de enero, ordena las prestaciones sanitarias del Sistema Nacional de Salud. De acuerdo con él, las prestaciones sanitarias, facilitadas directamente a las personas por el Sistema Nacional de Salud y financiadas con cargo a la Seguridad Social o fondos estatales adscritos a la Sanidad, comprenden las siguientes modalidades:
  • Atención Primaria
  • Atención Especializada
  • Prestación Farmacéutica
  • Prestaciones complementarias
  • Servicios de información y documentación sanitaria

    La asistencia sanitaria especializada, una vez superadas las posibilidades de diagnóstico y tratamiento de la atención primaria, comprende:
  • La asistencia ambulatoria especializada en consultas.
  • La asistencia ambulatoria especializada en hospital de día.
  • La asistencia especializada en régimen de hospitalización.
  • La atención de la salud mental y la asistencia psiquiátrica.

    La Atención Especializada desarrolla su función en coordinación con Atención Primaria y las restantes instituciones sanitarias y sociosanitarias con el fin de contribuir a una atención integral del paciente.


     
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