| Certificado de Servicios Prestados | Conforme al apartado 2 de la resolución de 12 de febero de 2007 los servicios, con exclusion de los prestados en en el Servicio Cántabro de Salud y en el INSALUD de Cantabria, deberán acreditarse mediante certificado, ya sea copia compulsada u original, utilizandose para ello los anexos II y III de la citada resolución
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