Requisitos y condiciones del reintegro de gastos por dietas y desplazamientos fuera de Cantabria
El Servicio Cántabro de Salud reintegrará los gastos de desplazamiento, manutención y alojamiento al paciente y acompañante en su caso, a causa de una asistencia fuera de la Comunidad Autónoma de Cantabria debida a:
- Órdenes de Asistencia
- Ley de Garantías de Cantabria (7/2006 15 junio)
- Planes de Choque
Si el centro se encuentra fuera de la Comunidad Autónoma, tendrá derecho al abono de las ayudas establecidas en la orden SAN 27/2007 por trasporte ordinario (autobús, ferrocarril o vehículo particular) y manutención. Por ello, cada vez que tenga que acudir al centro hospitalario, guarde todos los justificantes de viaje, tanto los suyos como de su acompañante (billetes, facturas de hotel, etc.)
Tipos de desplazamientos |
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Medios ordinarios |
Vehiculo Particular: 0,10 €/Km |
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Autobús: Billete línea regular |
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Tren: Billete de 2ª clase |
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Medios extraordinarios Sólo aplicable para el apartado 1. Órdenes de asistencia |
Avión: clase turista. Este es el único caso en el que el sí se abona el taxi del al aeropuerto al centro sanitario y retorno. Es necesario el informe del médico que justifique la necesidad clínica de este medio extraordinario frente a los medios ordinarios |
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Tipos de alojamiento y manutención |
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Asistencia en régimen ambulatorio, sin hospitalización |
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Si pernocta |
Alojamiento : hasta 40 € por persona y día Manutención: hasta 12 € por persona y día |
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Si no pernocta |
Manutención hasta 7 € por persona y día |
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Asistencia con hospitalización |
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Se reintegra por el acompañante |
alojamiento : hasta 40 € por persona y día manutención: hasta 12 € por persona y día |
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Existe un tope de gasto máximo mensual: 700 € por persona |
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Excepciones y particularidades: Algunos hospitales concertados incluyen el alojamiento y la manutención del acompañante en función de las cláusulas previstas en el concierto. |
Es un requisito imprescindible presentar facturas o tiques originales de todos los gastos y el justificante de haber estado en el centro.
Las facturas y los tiques deben cumplir los requisitos legales.
Si tiene alguna dudas o necesita información complementaria, llame al teléfono de la Subdirección de Asistencia Sanitaria:
942 202 605 y 942 202 797
Documentación
- Orden SAN/27/2007, de 8 de mayo, por la que se establece el régimen de ayudas para pacientes de la Comunidad Autónoma de Cantabria, y, en su caso, acompañantes, por gastos de desplazamiento, manutención, y alojamiento con fines asistenciales.
- Orden SAN/2/2019, de 7 de enero, por la que se modifica parcialmente la Orden SAN/27/2007, de 8 de mayo, por la que se establece el régimen de ayudas para pacientes de la Comunidad Autónoma de Cantabria, y, en su caso, acompañantes, por gastos de desplazamiento, manutención, y alojamiento con fines asistenciales.
- Impreso solicitud de Reintegro de Gastos por Dietas y Desplazamientos fuera de Cantabria por motivo asistencial.